Publicar con aviso publico, en la página web del Ministerio de Turismo: la procedimiento de solicitud para incentivos provisto por PNRR para empresas hoteleras y turísticas. Las empresas turísticas pueden recibir incentivos en forma de un crédito fiscal e subvención no reembolsable por gastos incurridos desde el 7 de noviembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024. El crédito fiscal es de hastaun 80%mientras que para el Fondo no debe exceder el un 50% de gastos
Cómo solicitar el crédito fiscal hotelero: ¿quiénes son los beneficiarios?
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Los beneficiarios son todas las empresas hoteleras, agroturísticas y de alojamiento al aire libre. También se incluyen las actividades de los sectores turístico, recreativo, de exposiciones y de congresos, establecimientos balnearios, balnearios, puertos deportivos, parques temáticos, parques acuáticos y de fauna.
En concreto, puede solicitarlo quien gestione un alojamiento o negocio turístico de terceros o el propietario del inmueble que deba ser objeto de la intervención. El administrador deberá adjuntar a la solicitud el contrato debidamente registrado. La lista de beneficiarios se publicará dentro de los sesenta días siguientes a la fecha límite de presentación de la solicitud.
Para la modalidad de asignación de la subvención se seguirá el orden cronológico de recepción de la solicitud. El límite máximo de gasto para el desembolso es de 500 millones. En caso de agotamiento de recursos, los aportes serán reducidos y asignados a las primeras 3700 empresas.
Procedimiento de solicitud telemática de reconocimiento de incentivos
Las empresas interesadas en presentar una solicitud al Ministerio de Turismo pueden hacerlo accediendo alÁrea reservada de Invitalia.
La solicitud deberá estar firmada por un abogado firmado digitalmente.
En concreto, debe contener:
- Los datos personales del solicitante, fotocopia de documento de identidad vigente;
- declaración para la emisión de un Documento Único de Regularidad Tributaria válido;
- descripción de la actividad realizada;
- la ubicación de los inmuebles objeto de la intervención;
- clasificación del negocio de la hostelería;
- identificación de la titularidad del inmueble objeto de la intervención;
- las referencias de la entidad de crédito;
- los incentivos solicitados, especificando si se requieren ambos;
- el costo de las intervenciones y los gastos subvencionables totales y detalles de artículos individuales;
- fecha de inicio y finalización de las intervenciones planificadas;
- si se pretende recibir un anticipo que no supere el 30% de la subvención;
- declaración de conciencia de responsabilidad penal.
Además, los solicitantes deberán adjuntar a la solicitud la documentación administrativa y técnica indicada en el apartado listado. anexo I.
Aprovecha el crédito fiscal y el fondo no reembolsable
Para obtener la indemnización es necesario cumplimentar el formulario F24 a través de los canales online de Hacienda. El monto del crédito no debe exceder el monto otorgado por el Ministerio de Turismo. Si bien, la contribución se pagará en una sola solución a través del IBAN insertado en la solicitud. La empresa beneficiaria deberá además, dentro de los sesenta días siguientes a la conclusión de la intervención:
- informe final sobre los resultados y objetivos alcanzados por el proyecto;
- informes de gastos realmente incurridos y facturas recibidas
- Documentación antimafia.
En línea es posible solicitar un anticipo de la cantidad no reembolsable dentro de los treinta días siguientes a la intervención con la firma digital del abogado. La documentación a presentar se refiere al aval bancario o del seguro, documentación antimafia, inicio legítimo de intervención para la edificación de obras de albañilería.
Para acceder a la plataforma es necesario tener una identidad digital:
- SPID o CIE o CNS
- firma digital
- PEC














